Por: Luisina Rosso
29/10/2024
En el fenómeno sucesorio aparecen operando en planos distintos los acreedores sucesorios y los acreedores personales del heredero. Ambos tienen interés en el patrimonio hereditario: los primeros en forma directa, porque constituye la garantía común de sus créditos, y por consiguiente, pueden cobrarse con los bienes sucesorios ...
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