Miércoles, 15 de Febrero de 2023
A los fines de habilitar la ejecución de astreintes, se requiere la existencia de un título ejecutorio en los términos del art. 801 del CPCC; el cual no se identifica con el emplazamiento efectuado a la entidad oficiada para que cumplimente la orden judicial impartida, aun cuando en el
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