Martes, 15 de Junio de 2010
En el caso, la resolución que originara la denegatoria sub litem es de índole procedimental y, por ende, no es susceptible del recurso de apelación (“Compendio de Reglas Procesales en lo Civil y Comercial” por Jorge W. Peyrano, Editorial Zeus, Rosario 1997, pág. 177), ya que el art.
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