jurisprudencia

JJuris533
DAÑOS Y PERJUICIOS. Valor de la vida humana. Daño material. Ocupaciones o trabajos reales cumplidos por la víctima. DAÑO MORAL. Lesión síquica: factor de intensificación del daño moral.

I) “In re”: “Savarro de Caldara c/ E.F.A.”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que: “la vida humana no tiene valor económico per se, sino en consideración a lo que produce o puede producir. No es dable evitar una honda turbación espiritual cuando se

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JJuris532
DAÑOS Y PERJUICIOS. Mora de la entidad bancaria en cancelar la inscripción registral de la hipoteca constituida a su favor y cancelada por el deudor. HIPOTECA. Cancelación. Acto unilateral del acreedor.

La Jueza de Primera Instancia admitió parcialmente la demanda interpuesta por Edgardo Rubén Ingrassia y Andrea Magdalena Garda condenando a la Banco Nazionale del Lavoro a pagar a los actores la suma de $ 11.000 por los rubros reconocidos en la parte considerativa -pérdida del negocio de tarifación telefónica

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JJuris531
DAÑOS Y PERJUICIOS. Mala praxis médica. Imputación causal del resultado final. Pérdida de oportunidad del paciente de la posibilidad de curación o de supervivencia por obrar negligente del profesional. Indemnización del daño. Prognosis póstuma.

Señala Vázquez Ferreyra que: “es común que en algunas sentencia se llegue a la conclusión de que el obrar negligente de los médicos impidió al paciente tener una mayor posibilidad de curación o probabilidad de sobrevida”. Pero, “en tales casos no se puede imputar causalmente al

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JJuris529
DAÑOS Y PERJUICIOS. Acusación calumniosa. Actitud temeraria del denunciante en sede penal. Culpa o negligencia. Posibilidad de que el juez aplique la figura culposa genérica del art. 1109 Código Civil. PRESCRIPCIÓN. Comienzo del cómputo a partir del pronunciamiento desincriminatorio definitivo en sede penal.

Se agravia la recurrente de la sentencia de primera instancia, toda vez que ésta desestimó la excepción de prescripción. Aduce que el tiempo transcurrido desde la fecha de la denuncia a la de la interposición de la demanda obsta a la prosecución de la acción. Advierte que la

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JJuris528
DAÑOS Y PERJUICIOS. Accidente laboral. Acción intentada por la vía de derecho común. Hecho lesivo sucedido en una escalera del establecimiento médico de la demandada. Riesgo de la cosa. Factor de atribución de responsabilidad civil del empleador encuadrable en el supuesto contemplado en el párrafo segundo, segunda parte, del art. 1113 del Código Civil.

I) Habiendo deducido Marta Delicia Brunetti demanda de indemnización de daños y perjuicios contra el “Instituto Privado de Pediatría - Cruz de Urgencia Infantil Sociedad Anónima”, en virtud del accidente de trabajo sufrido en razón y función de la prestación laboral desplegada en relación de dependencia respecto de la

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JJuris527
CHEQUE. Cheque de pago diferido. Cheque rechazado por el banco girado que no fue registrado en la cuenta corriente del librador: primacía del principio de literalidad del documento. ENDOSO. Firma del endosante sin identificación de su persona. Incumplimiento que no acarrea sanción. Carencia de sentido de la exigencia.

El apelante se agravia del fallo, en primer lugar, al no aplicar el rigorismo formal respecto del título. Afirma que debió prosperar la defensa de inhabilidad de título ya que el endoso carece de los requisitos legales para ser considerado como tal y que permita la

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JJuris526
COSTAS. Adecuación de los montos reclamados en acción de daños y perjuicios a las constancias del proceso. Imposición total al demandado perdidoso.

No resulta atendible el argumento de que existió vencimiento parcial, sobre la base de que el objeto de la demanda fue una pretensión económica (por diversos rubros y daño moral, estimada en $ 2.500) y una pretensión destinada al cumplimiento

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JJuris524
CONCURSOS. Pedido de quiebra por acreedor. Competencia: sede principal de los negocios del fallido. Inscripciones fiscales en otras jurisdicciones.

Aunque admitiendo su temporaneidad, la juez de grado rechazó el planteo de incompetencia introducido por el fallido -afirmando que el asiento principal de sus negocios está en la ciudad de Tu-cumán (LCQ, 100)- con fundamentos que pueden reseñarse así: a) El artículo 3 de la LCQ establece que, en casos

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JJuris523
CONCURSOS. Notificación del traslado para expresar agravios. Normativa aplicable. Diferencia con los precedentes sobre incidentes concursales. Modo en que se venían cumpliendo las notificaciones en el mismo proceso. NOTIFICACIONES PROCESALES. Notificación automática. RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Insustituibilidad de la interpretación del derecho sustantivo o procesal en las instancias ordinarias.

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación deducido por el fallido (art. 364, CPCC) en el entendimiento que había dejado vencer el término conferido sin expresar agravios, según constancias de autos y conforme el artículo 273, inciso 1º y 5º y 278 de la ley 24.522 y 61 del ...

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JJuris522
COMPETENCIA. Demanda inhibitoria. EJECUCIÓN HIPOTECARIA. Prórroga de competencia territorial.

Los actores promueven demanda inhibitoria a los fines de resolver con certeza positiva la potestad del Tribunal local y la negativa la del Juzgado Nacional de la Primera Instancia Nº 73 de la Capital Federal, que promoviera la acción hipotecaria

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JJuris521
CADUCIDAD DE INSTANCIA. Impulso procesal en segunda instancia. Reinscripción de embargo: carencia de aptitud interruptiva de la perención.

El 09-06-05, el actor acusa la caducidad de instancia, afirmando que el último acto idóneo para impulsar el proceso acaeció el 08-06-04 (oportunidad en la cual se decretó que atento el fallecimiento del demandado, se citara a sus herederos en los términos de CPCC, 597). Sin

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JJuris520
CADUCIDAD DE INSTANCIA. Improcedencia en materia en materia de amparos sobre depósitos alcanzados por el corralito y la pesificación. Circunstancias excepcionales por desborde jurisdiccional

No procede la caducidad de la instancia en una acción de amparo sobre depósitos alcanzados por el “corralito” y la “pesificación” -ley 25.561, decs. 1570/2001 y 214/2002, ya que se trata de evitar la pérdida de derechos o defensas por preclusión ante la situación de emergencia en que

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JJuris519
CADUCIDAD DE INSTANCIA. Carácter no interruptivo de las actuaciones vinculadas con medidas cautelares. PLAZOS PROCESALES. Invocación tardía de la duplicidad de términos.

El destino normal del proceso -aun del juicio de apremio- es la sentencia y es evidente que no tendieron a ese objetivo: el pedido de gastos de la interventora de Caja, ni el traslado corrido a la embar-gante, ni el pedido de intimación

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JJuris518
ACCIÓN DE REIVINDICACIÓN. Intentada por cesionarios de derechos y acciones hereditarios. Título y posesión del reivindicante. PRESCRIPCIÓN. Inexistencia de animus domini.

I) La sentencia dispuso rechazar la excepción de prescripción adquisitiva interpuesta por la demandada, con costas a ésta, y hacer lugar a la demanda de reivindicación promovida por Clide Rosa Perozzi, respecto de la parte proporcional pro indivisa, las cosas

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JJuris517
ACCIÓN DE AMPARO. Pretensión de declaración de inconstitucionalidad de una ordenanza municipal regulatoria de la relación entre chofer y titular de licencia de taxi. Atribuciones de los Concejos Municipales en la provincia de Santa Fe. Inexistencia de arbitrariedad o ilegitimidad manifiesta. COMPETENCIA. Materia contencioso-administrativa. RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Anulación por arbitrariedad normativa.

1. Promovieron los actores recurso de amparo contra la Municipalidad de Rosario persiguiendo la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza 6524/98 y peticionando se dispusiera: “que se puedan celebrar entre los particulares otras clases de contrataciones de las contempladas en dicha ordenanza”;

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JJuris516
ACCIÓN DE AMPARO. Incontestación de la demanda. Reconocimiento de los hechos.

La demandada no negó, ni refutó los hechos y el derecho invocado en la demanda. En el proceso de amparo el responde de la demanda se rige por las reglas comunes de cualquier demanda (v. Sagüés, Néstor P., Serra, María Mercedes,

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JJuris515
ACCIÓN DE AMPARO. Cancelación de la matrícula de escribano. Apelación de la medida ante el Tribunal de Superin-tendencia del Notariado. Inexistencia de medidas cautelares en esa sede. Efecto suspensivo del recurso de apelación. Vía eficaz e idónea para resolver la cuestión. Inviabilidad del amparo.

I) La sentencia dispuso rechazar el amparo promovido por el Escribano A. E. M. contra el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, 2ª Circunscripción, con costas. II) El amparo tuvo por objeto el que se dejase sin efecto la resolución del Acta Nº 2037

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JJuris514
JUICIO EJECUTIVO. Ejecución de saldo deudor en cuenta corriente bancaria. CUENTA CORRIENTE BANCARIA. Alegación de inexistencia. EXCEPCIÓN DE INHABILIDAD DE TÍTULO. Carga de la prueba de la existencia de la cuenta a cargo del ejecutado. Improcedencia de aplicación de la doctrina de las cargas probatorias dinámicas.

En caso como en el “sub litem” resulta improcedente poner en juego la doctrina, de aplicación excepcional denominada “de las cargas probatorias dinámicas”. La conclusión encuentra sustento en que la mera negativa del ejecutado de ser cuentacorrentista de la entidad bancaria ejecutante de un

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JJuris513
NULIDAD PROCESAL. No incorporación a la causa del alegato parcial de una de las partes. Innecesariedad de que en el caso se alega y demuestre el perjuicio causado. Nulidad de sentencia por vicio de procedimiento. Supuestos de excepción en que el vicio no resulta relevante. ALEGATOS. Desconocimiento de etapa esencial del proceso que no puede ser suplida por la expresión de agravios.

En principio y salvo que se configuren circunstancias especiales (v.gr., que de la sentencia pueda inferirse que maguer la no incorporación material del escrito, el juez tuvo en cuenta las consideraciones allí vertidas) la falta de agregación del alegato conduce a la

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JJuris511
ROBO CALIFICADO POR EMPLEO DE ARMA. Modalidad delictiva que no excede el “modus operandi” amenazante. PENA. Falta de antecedentes del condenado.

Se estima que la falta total de antecedentes del condenado, así como la modalidad delictiva que no denota especial maltrato a las víctimas o real peligrosidad sobre ellas que no exceda el lógico “modus operandi” amenazante de todo hecho de por sí agravado por el uso

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JJuris510
REINCIDENCIA. Nuevo régimen de reincidencia real. Condena anterior efectiva cumplida total o parcialmente. Inexistencia en caso de condena de ejecución condicional.

El exclusivo objeto del agravio defensista, es la declaración de reincidencia pues la misma no se habría dictado respetando la necesidad de los requisitos de dicho instituto dentro del nuevo régimen de reincidencia real instaurado por la ley vigente. Coincidimos con la

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JJuris509
RECUSACIÓN. Recusación con causa del juez correccional que instruyó la causa y debe actuar en el juicio y dictar sentencia. Temor de parcialidad. RECURSO EXTRAORDINARIO. Procedencia. Sentencia definitiva. PROCESO PENAL. Procedimiento correccional.

El juez correccional que llevó adelante la instrucción y elevó la causa a juicio, se encuentra impedido para realizar el juicio y dictar sentencia con respecto al mismo hecho, y por ende debe elevar las actuaciones al superior jerárquico para que por algún medio se las remita a otro

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JJuris508
PRUEBA. Intervención de funcionarios policiales. ACTA POLICIAL. Valor probatorio. Examen en conjunción con restantes elementos de convicción.

Este Tribunal comparte las afirmaciones de la defensa en cuanto a que las actuaciones que describen las actas labradas por los funcionarios policiales conformes a sus atribuciones, no debe ser computada por sí misma como prueba autosuficiente y acabada de los

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JJuris507
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. Tratamiento de oficio por ser materia de orden público.

Esta Sala viene sosteniendo en forma inveterada, que cuando se eventualiza la probabilidad de existencia de causal de extinción de la acción penal como es la prescripción, el tema debe ser de tratamiento, aún de oficio, previo a toda otra cuestión, por ser la

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JJuris506
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL. Nuevo contenido del art. 67 del Código Penal. Aplicación a delitos de acción privada. Revocación de absolución y dictado de sobreseimiento.

Mediante sentencia se dispuso la absolución de culpa y cargo de R. B. P., C. A. I. y J. C. P., citándose con sustento normativo el art. 5 del CPP, el art. 9 de la Constitución Provincial y el art. 18

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JJuris505
LIBERTAD PROVISIONAL. Incidente de cese de prisión preventiva. Antecedentes condenatorios y presunción de inocencia. Persona mayor de 70 años con problemas de salud. Limitación de la prisión preventiva.

Si bien el procesado registra antecedentes condenatorios, las disposiciones introducidas en la última modificación de la ley adjetiva potencian el principio de presunción de inocencia y privilegian el “favor libertatis” facultando o posibilitando al órgano jurisdiccional a sustituir la prisión

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JJuris504
LIBERTAD PROVISIONAL. Excarcelación anterior otorgada en causa en la que sólo se indagó al imputado y se dispuso la instrucción abreviada. Improcedencia de su cómputo como obstáculo a un nuevo pedido del imputado que se encuentra cumpliendo prisión preventiva.

La apelación se deduce contra la resolución que deniega el beneficio excarcelatorio con fundamento en el art. 338 inc. 3º del CPP. Una de las excarcelaciones informadas por el Registro corresponde a dos hechos cometidos en noviembre de 2002, habiendo sido la libertad provisional concedida el día

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JJuris503
LESIONES CULPOSAS. Orden impartida por inspector de tránsito. Retroceso del vehículo que lesiona al funcionario. Condicionalidad culposa del imputado.

Los argumentos de justificación basados en obediencia debida a la orden del inspector de tránsito de retroceder en la marcha, no son en principio admisibles desde que la misma no es vinculante al extremo de cualquier actuar, sino que, obviamente, deja el obligatorio margen

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